Cuando se trata de rentar un vehículo, las empresas de renta ofrecen una serie de protecciones para garantizar tu tranquilidad en todas las situaciones.


Estas protecciones abarcan desde el vehículo hasta tu seguridad y la de terceros en casos de incidentes. La información detallada sobre las protecciones que elijas estará disponible en el voucher de tu reserva. Conoce las principales opciones disponibles:


LDW (Loss Damage Waiver): Esta protección cubre el vehículo contra robo, hurto, daños y averías derivadas de colisiones y accidentes;


CDW (Collision Damage Waiver): Ofrece resguardo al vehículo en situaciones de daños y averías causados por colisiones o accidentes;


ALI (Additional Liability Insurance): Protege contra daños materiales y personales causados a terceros en razón de accidentes con el vehículo rentado;


PAI (Personal Accident Insurance): Esta protección está dirigida a los ocupantes del vehículo rentado, cubriendo gastos médicos y posibles rescates en caso de colisiones.


Los nombres y siglas de estas protecciones pueden variar de una empresa de renta a otra. Algunos ejemplos incluyen EP (Extended Protection), LP (Liability Protection), SLI (Supplemental Liability Insurance) y TPL (Third Part Liability).


¿Qué debo hacer en caso de Incidente?

Sigue los siguientes pasos:


  1. Abre un Boletín de Ocurrencia;

  2. Ponte en contacto con la empresa de renta y sigue sus orientaciones;

  3. Confía en la asistencia de la empresa de renta para obtener el soporte necesario durante el proceso.


Recuerda: en algunos casos, las protecciones pueden no cubrir el accidente si se informa después de 24 horas. Además, actos de imprudencia en el tráfico y exceso de velocidad no están cubiertos por ninguna protección.



Informaciones Adicionales


  • Puedes contratar protecciones adicionales en el sitio de Rentcars o directamente en el mostrador de la empresa de renta, según tu preferencia. Las protecciones obligatorias ya están incluidas en tu reserva;

  • En viajes internacionales, ten en cuenta que diferentes destinos pueden exigir protecciones específicas. Por ejemplo, en México, la protección obligatoria es solo contra terceros;

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